El proyecto que pretende modificar el decreto reglamentario de la ley de salud mental constituye “un retroceso que atenta contra el reconocimiento de las personas con padecimiento mental como sujetos de derecho”, sostuvo el Defensor del Pueblo Adjunto
El proyecto que pretende modificar el decreto reglamentario de la ley de salud mental constituye “un retroceso que atenta contra el reconocimiento de las personas con padecimiento mental como sujetos de derecho”, sostuvo el Defensor del Pueblo Adjunto en Derechos Humanos y Salud de la provincia de Buenos Aires, Marcelo Honores.
En esa línea, sostuvo que el nuevo paradigma en salud mental significó un “avance decisivo en el reconocimiento de las personas con discapacidad psicosocial como sujetos de derecho y para la sustitución del manicomio por tratamientos dignos”.
“Se retrocede en el respeto de los derechos humanos de un universo de personas que durante décadas fueron las más vulneradas e invisibilizadas”, remató Honores, en sintonía con la posición del Defensor del Pueblo, Guido Lorenzino.
Al evaluar los alcances y las variantes que implica, Honores puntualizó que “se cambia la concepción de salud mental y se entra en clara contradicción con los derechos y logros que la ley establece, restituyendo el modelo médico hegemónico de perspectiva biologicista, que resultó ineficiente para un tratamiento integral de los padecimientos mentales”.
Honores concluyó que “no se puede entrar en franca contradicción con las disposiciones del reciente Código Civil y Comercial de la Nación, la Constitución Nacional y las normas internacionales a las que nuestro país adhirió desde hace más de un cuarto de siglo”.
En esa línea, sostuvo que el nuevo paradigma en salud mental significó un “avance decisivo en el reconocimiento de las personas con discapacidad psicosocial como sujetos de derecho y para la sustitución del manicomio por tratamientos dignos”.
“Se retrocede en el respeto de los derechos humanos de un universo de personas que durante décadas fueron las más vulneradas e invisibilizadas”, remató Honores, en sintonía con la posición del Defensor del Pueblo, Guido Lorenzino.
Al evaluar los alcances y las variantes que implica, Honores puntualizó que “se cambia la concepción de salud mental y se entra en clara contradicción con los derechos y logros que la ley establece, restituyendo el modelo médico hegemónico de perspectiva biologicista, que resultó ineficiente para un tratamiento integral de los padecimientos mentales”.
Honores concluyó que “no se puede entrar en franca contradicción con las disposiciones del reciente Código Civil y Comercial de la Nación, la Constitución Nacional y las normas internacionales a las que nuestro país adhirió desde hace más de un cuarto de siglo”.