Según una nueva resolución de la Agencia Nacional de Discapacidad, hay Certificados Único de Discapacidad (CUD) que, de cumplir con ciertos criterios, incluirán a partir de ahora la leyenda «Sin Vencimiento conforme a la Ley 27.711», lo que permitirá que algunas personas no necesiten renovar su CUD a menos que lo requieran.
¿Cuáles son los criterios para la emisión del CUD sin vencimiento?
1- Renovaciones previas: Personas con dos certificados de discapacidad previos cuyo perfil de funcionamiento e impacto en la vida cotidiana se mantenga constante a lo largo del tiempo.
2- Persona mayor: Personas mayores de 60 años que hayan mantenido sus estructuras y funciones corporales en condiciones constantes durante al menos 5 años.
3- Necesidad de equipamiento permanente: Personas que requieran de equipamiento y/o dispositivos de uso permanente para preservar las funciones vitales.
¿En qué circunstancias podrá requerirse la actualización de ese CUD sin vencimiento?
Se podrá pedir la actualización del CUD cuando se produzca un cambio en el perfil de funcionamiento de la persona con discapacidad que impida su participación plena y efectiva en la sociedad en igualdad de condiciones con las demás.