El Defensor del Pueblo Adjunto en Derechos Humanos y Salud, Marcelo Honores, resaltó la decisión del gobierno provincial de facilitar el acceso a las prestaciones de este plan.
La decisión del gobierno bonaerense de “desburocratizar” y facilitar el acceso a las prestaciones de salud a los afiliados del programa federal Incluir Salud (ex PROFE), que se atienden en el sistema sanitario de la Provincia, recibió el respaldo del Defensor del Pueblo Adjunto en Derechos Humanos y Salud, Marcelo Honores.
“Los sectores más vulnerables no deben ser discriminados al momento de acceder a sus derechos en materia de salud”, sentenció Honores al respaldar la resolución del ministerio de Salud de la Provincia que “allana el camino” para que los afiliados a Incluir Salud “tengan cobertura en hospitales, centros de trasplantes, bancos de drogas, programas sanitarios y obtengan los medicamentos que requieren para sus tratamientos”.
Incluir Salud es un programa del gobierno nacional que en territorio bonaerense es administrado por la Unidad de Gestión Provincial (UGP) que funciona en el Instituto de Obra Médico Asistencial (IOMA), y se encarga de brindar cobertura a los sectores más vulnerables de la sociedad.
Son beneficiarios los titulares de pensiones no contributivas residentes en el ámbito provincial; las madres de cualquier edad y estado civil, que tengan o hayan tenido siete o más hijos (incluidos los adoptados); los que acrediten una disminución de 76% o más de la capacidad laboral y se encuentran en situación de vulnerabilidad social; y personas de 70 años o más, sin cobertura previsional”.
En rigor, la medida adoptada por la cartera sanitaria bonaerense no hace más que colocar en un plano de igualdad a los afiliados a Incluir Salud, con cualquier persona residente en la Provincia sin cobertura médica que se atiende en los centros de salud estatales.
“… Los hospitales, programas sanitarios, agentes de salud, instituciones, centros de dispensación de medicamentos, centros de trasplantes, bancos de drogas y todo ente dependiente del ministerio de Salud deberán considerar a los beneficiarios del programa federal, como residentes de la Provincia sin cobertura médica por lo que no podrán en ningún caso emitir factura, percibir suma, ni efectuar reclamo alguno a Incluir Salud por prestaciones cumplidas en el marco del mismo”, establece la resolución.
“Los sectores más vulnerables no deben ser discriminados al momento de acceder a sus derechos en materia de salud”, sentenció Honores al respaldar la resolución del ministerio de Salud de la Provincia que “allana el camino” para que los afiliados a Incluir Salud “tengan cobertura en hospitales, centros de trasplantes, bancos de drogas, programas sanitarios y obtengan los medicamentos que requieren para sus tratamientos”.
Incluir Salud es un programa del gobierno nacional que en territorio bonaerense es administrado por la Unidad de Gestión Provincial (UGP) que funciona en el Instituto de Obra Médico Asistencial (IOMA), y se encarga de brindar cobertura a los sectores más vulnerables de la sociedad.
Son beneficiarios los titulares de pensiones no contributivas residentes en el ámbito provincial; las madres de cualquier edad y estado civil, que tengan o hayan tenido siete o más hijos (incluidos los adoptados); los que acrediten una disminución de 76% o más de la capacidad laboral y se encuentran en situación de vulnerabilidad social; y personas de 70 años o más, sin cobertura previsional”.
En rigor, la medida adoptada por la cartera sanitaria bonaerense no hace más que colocar en un plano de igualdad a los afiliados a Incluir Salud, con cualquier persona residente en la Provincia sin cobertura médica que se atiende en los centros de salud estatales.
“… Los hospitales, programas sanitarios, agentes de salud, instituciones, centros de dispensación de medicamentos, centros de trasplantes, bancos de drogas y todo ente dependiente del ministerio de Salud deberán considerar a los beneficiarios del programa federal, como residentes de la Provincia sin cobertura médica por lo que no podrán en ningún caso emitir factura, percibir suma, ni efectuar reclamo alguno a Incluir Salud por prestaciones cumplidas en el marco del mismo”, establece la resolución.