La Defensoría, junto a los organismos que forman parte del Consejo para la Prevención de las Violencias (COPREVIOL), reclamaron que se destituya al Juez de Paz Letrado de Rojas, Luciano Callegari.
La Defensoría del Pueblo bonaerense pidió que se lleve adelante un juicio político contra el Juez de Paz Letrado de Rojas, Luciano Callegari, al considerar que el magistrado mostró negligencia e incumplimiento de sus deberes en relación a las denuncias contra quien terminó siendo el femicida de Úrsula Bahillo.
“El juez no defendió a la víctima, demoró al dictar medidas de protección y nunca juzgó desde una perspectiva de género, entre otras fallas graves, lo que hizo que el femicidio fuera lamentablemente un final anunciado”, sostuvo el Defensor del Pueblo, Guido Lorenzino, quien hizo este pedido junto a los organismos que forman parte del Consejo para la Prevención de las Violencias (COPREVIOL).
Úrsula Bahillo, de 18 años, fue asesinada por Matías Ezequiel Martínez, un policía bonaerense que había sido su pareja durante siete meses y quien fue denunciado en varias oportunidades, tanto por ella como por la madre de la víctima, por ejercer violencia, amenazas y hostigamientos.
El pedido de destitución contra el juez Callegari se basa en que dejó en evidencia un desconocimiento de la normativa de derechos humanos en relación a la tutela de las víctimas de delitos en general, y en especial, de aquellas que sufren violencia de género.
Además, que mostró desidia, y ante la progresión de hechos de violencia, sólo administró medidas preventivas con injustificable lentitud y omitió velar por su concreción material, aun cuando el agresor contaba con amplios antecedentes violentos en el ámbito familiar y laboral.
A su vez, que aplicó una visión sesgada, portadora de estereotipos sexistas y discriminatorios, que quedaron de manifiesto al ordenar una pericia psicológica sobre la víctima en lugar de concentrarse en la figura del agresor.
Ante este escenario, el pedido de juicio político se basa en considerar que el juez Callegari mostró una grave negligencia en el ejercicio de sus funciones y operó con un evidente desconocimiento del derecho vigente, nacional e internacional, de protección a las víctimas.
Además, que tuvo un mal desempeño e incumplimiento de deberes, ya que no tomó contacto directo con la víctima; omitió información y asistencia, ni ordenó una asistencia especializada y protección; y demoró injustificadamente el dictado de medidas ni controló la efectividad de éstas.
Tampoco tomó ninguna medida ante la desobediencia del acusado ni requirió información a su lugar de trabajo, que hubiera mostrado las denuncias por violencia contra Martínez; e incumplió el deber de juzgar con perspectiva de género, de administrar justicia sin el uso de estereotipos y prejuicios.
“Un repaso por los hechos nos muestran que fue otra muerte que se podría haber evitado. La Justicia tiene que abordar este tipo de casos desde una mirada de género, que da todas las herramientas necesarias para evitar situaciones de este tipo, y no dejar a las víctimas totalmente desamparadas”, puntualizó Lorenzino.