Ante la variedad de maniobras de estafas que pueden advertirse a través de perfiles falsos en WhatsApp, Facebook, Marketplace, Mercado Libre, entre otros, donde ofrecen publicaciones de viviendas en alquiler y que solicitan una seña previa a la visita del inmueble, desde la Defensoría solicitamos extrema precaución ante esta modalidad.
Si el aviso se encuentra plataformas como Mercado Libre, Marketplace o Instagram se sugiere leer los comentarios y las puntuaciones que les otorgan. Buscar el alojamiento en sitios seguros, revisar el perfil del oferente, sus redes sociales y chequear el domicilio de la propiedad a través de Google Maps o Street View, por ejemplo.
Es aconsejable ir a la casa de quien alquila para cerrar el trato. Si uno charla personalmente con el propietario, es más difícil que suceda la estafa. Cuando la comunicación sea telefónica, que sea a un número fijo y no por WhatsApp a un celular, ya que estos se dan de alta y de baja muy fácilmente y son difíciles de rastrear. Un teléfono fijo está asociado a un domicilio, es decir, puede ser chequeado. Solicitar el envío anticipado del contrato a firmar así como también un formulario de seña.
Se recomienda alquilar en una inmobiliaria donde esté visible quien es el martillero profesional colegiado a cargo.
Si se firman dos contratos consecutivos de 3 meses, el segundo contrato podría tener validez por tres años. Los contratos por plazos de 6 meses, un año, o 2 años con fines de vivienda tienen validez por 3 años. Siempre que el contrato de alquiler sea para fines de vivienda, tendrá que tener obligatoriamente el plazo mínimo de 3 años. La ley 27551 (de alquiler para vivienda) continúa vigente, el alquiler mínimo es de 3 años salvo excepciones del artículo 1199 del código civil y comercial de la Nación, que son alquiler de:
- Sede de embajada, consulado u organismo internacional, y el destinado a habitación de su personal extranjero diplomático o consular.
- Habitación con muebles que se arriende con fines de turismo, descanso o similares. Si el plazo del contrato o de los contratos consecutivos supera los 3 meses, se presume que no fue hecho con esos fines.
- Guarda de cosas.
- Exposición u oferta de cosas o servicios en un predio ferial.
- Tampoco se aplica el plazo mínimo legal a los contratos que tengan por objeto el cumplimiento de una finalidad especifica.
Cuando se alquila un departamento que está en un edificio es importante que tenga final de obra y conocer primero el Reglamento de Propiedad Horizontal. Lo debe entregar el Locador (propietario) o la inmobiliaria que interviene.
¿Qué gastos tengo que afrontar para alquilar una vivienda?
- Depósito en garantía equivalente al valor del primer mes de alquiler. (El propietario tiene que devolverlo al valor del último mes de alquiler).
- Sellado: no se paga impuesto de sellos en los casos en que el valor fiscal de la vivienda esté por debajo de $1.731.600. (Ley fiscal 15391 (art 50, apartado 9 inciso c).
- Honorarios: 2% cada parte, pudiendo una sola de las partes asumir el total (4%) por el monto total del contrato(36 meses) (ley 14085 artículo 54, título II inciso 6).
- Certificaciones de firmas: según lo que cobra el escribano.
- Pedidos de informes anotaciones personales y dominio: surge valor en el Registro Propiedad Inmueble de la provincia de Buenos Aires.
- Solo 1 mes de adelanto.
Si fuiste engañado o engañada o sufriste una estafa es aconsejable hacer la denuncia policial y luego comunícate con la Defensoría al 0800 222 5262 o por Whatsapp 221 358 1323 o a través de las redes sociales.